Las reglas de juego en Castilla y León: procuradores, provincias y competencia electoral

9 de marzo de 2026 por
Las reglas de juego en Castilla y León: procuradores, provincias y competencia electoral
Patxi Nogales

Las elecciones a las Cortes de Castilla y León del 15 de marzo decidirán los nuevos procuradores. En la tradición de las antiguas Cortes castellanas, el “procurador” era el delegado de una ciudad o villa que acudía a “procurar”, es decir, defender y negociar sus intereses ante la Corona (RAE). Aunque el franquismo reutilizó el término para denominar a los miembros de sus Cortes (Ley Constitutiva de las Cortes de 17 de julio de 1942), en Castilla y León la denominación se mantiene hoy por tradición estatutaria, con un significado plenamente democrático.

Como ocurre en las elecciones generales al Congreso, Castilla y León no funciona como una única circunscripción autonómica, sino como nueve arenas electorales diferenciadas, una por cada provincia. La asignación de escaños se decide, por tanto, nueve veces y con magnitudes diferentes, lo que introduce heterogeneidad sistemática en proporcionalidad, barreras de entrada y viabilidad de terceras fuerzas.

La ley electoral (Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre) establece un mínimo inicial de tres procuradores por provincia y añade escaños en función de la población mediante un procurador por cada 45.000 habitantes o fracción superior a 22.500. Este reparto lo fija la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, que establece la regla de asignación de procuradores por provincia en función de un mínimo fijo y del censo vigente en la fecha de convocatoria. Al aplicarse esa regla en la convocatoria de las elecciones con el censo actualizado, Segovia gana un escaño y, al no compensarse con una pérdida equivalente en otra provincia, el total de las Cortes pasa de 81 a 82 procuradores (Decreto 1/2026, de 19 de enero). De esta forma, el reparto quedaría de la siguiente forma, Soria con 5 escaños Ávila, Palencia, Segovia y Zamora con 7, Salamanca con 10, Burgos con 11, León con 13 y Valladolid con 15.


Esta fórmula de distribución de procuradores entre provincias genera, de forma casi inevitable, malapportionment, entendido como una desigualdad en el "valor" del voto entre circunscripciones (Samuels and Snyder, 2001). El mínimo fijo inicial sobrerrepresenta a las provincias menos pobladas, de modo que el peso de cada voto no es idéntico en todo el territorio autonómico. A ello se suma que la distinta magnitud de las circunscripciones altera también la proporcionalidad efectiva del sistema y modifica las condiciones de acceso a la representación.

Esa arquitectura institucional no solo ordena el reparto territorial de la representación, sino que también condiciona la dinámica de la competencia electoral. Desde la perspectiva de sus efectos, el diseño produce consecuencias mecánicas y psicológicas. Mecánicamente, eleva la probabilidad de que haya "votos sin representación" en las provincias pequeñas y concentra los escaños en las candidaturas con mayor fuerza relativa en cada distrito. Psicológicamente, incentiva la coordinación y el voto estratégico allí donde el electorado percibe que su opción preferida difícilmente superará el umbral efectivo, favoreciendo desplazamientos hacia candidaturas consideradas viables para obtener el escaño marginal.

Esa misma lógica institucional también abre oportunidades a actores con implantación territorial concentrada. Un partido o coalición con apoyo localizado en una provincia puede obtener representación sin necesidad de competir con éxito en el conjunto de la comunidad autónoma, porque el umbral relevante para entrar en las Cortes se decide en cada circunscripción y no en el agregado autonómico. Ejemplo de ello son Soria ¡Ya!, que en 2022 consiguió 3 procuradores presentándose únicamente en Soria, o Por Ávila, que mantuvo 1 escaño al concentrar su apoyo en esa provincia. En esa misma lógica se sitúa también la UPL, que alcanzó 3 procuradores en León gracias a un rendimiento territorialmente concentrado.


En conjunto, el sistema electoral castellanoleonés combina una lógica territorial de representación con efectos políticos muy concretos sobre la competencia. La desigualdad en el tamaño de las circunscripciones, la sobrerrepresentación de las provincias menos pobladas y la centralidad de la provincia como unidad de decisión no solo condicionan el reparto de escaños, sino también las estrategias de partidos y votantes. Entender estas reglas es clave para interpretar correctamente qué está en juego en las elecciones del 15 de marzo.


 


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