Para poderte colegiar tienes que estar en posesión de un título superior universitario en Ciencias Políticas, Sociología, Gestión y Administración Pública (GAP), Relaciones Internacionales, Estudios Internacionales y/o en titulaciones que contengan una o la combinación de las anteriormente dichas, obtenidos en una Universidad española (es decir, es necesario poseer un titulo de Grado, Licenciatura, Máster Oficial Universitario(1) o un título de Doctorado en Ciencias Políticas, Sociología, Gestión y Administración Pública (GAP), Relaciones Internaciones, o Estudios Internacionales).
También podrán colegiarse las personas con una titulación extranjera de rango universitario superior en Ciencias Políticas, y/o en Sociología y/o en titulaciones que contengan una o la combinación de las anteriormente dichas, que:
NUEVAS COLEGIACIONES: Personas Tituladas en 2020
NUEVAS COLEGIACIONES: Personas Tituladas en 2019 y anteriores
PERSONAS YA COLEGIADAS
REDUCCIONES:
* La cuota de formación de expediente (27€) y la cuota de incorporación (20€) se abonará en efectivo o con tarjeta en el mismo momento de la colegiación.
(1) Se entiende que un Máster Oficial Universitario da acceso a la colegiación cuando se trate de un Máster «vinculado al ámbito disciplinar» de las ciencias políticas, la sociología, las relaciones/estudios internacionales, y/o la gestión y administración pública. No se admitirá la colegiación de personas en posesión solamente de Máster de un ámbito multidisciplinar, si no poseen otra titulación universitaria superior oficial en ciencias políticas o en sociología.
(2) Por acuerdo de la Junta de Gobierno de este Colegio de fecha 30 de octubre de 2019, en atención a la demora que tiene el Gobierno de España en la tramitación de las solicitudes de declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial según lo dispuesto en el Real Decreto 967/2014, y en consonancia con el art. 13 de los Estatutos del Colegio se acuerda que puedan ser dados de alta provisionalmente como colegiadas las personas que acrediten estar en posesión de una titulación extranjera de rango universitario superior en Ciencias Políticas, y/o en Sociología, Relaciones/Estudios Internacionales, Gestión y Administración Pública y/o en titulaciones que contengan una o la combinación de las anteriormente dichas, que hayan solicitado al Ministerio competente la citada declaración de equivalencia de esos estudios. Para cada caso, siempre deberá existir informe favorable de la Junta de Gobierno del Colegio, previo análisis de la titulación original, y de la solicitud de equivalencia (se podrá pedir documentación suplementaria). Se deberá aportar original (o copia compulsada) de estos dos documentos, así como, en aquellos casos que la Junta de Gobierno lo determine, otros documentos (plan de estudios, expediente, etc). Esta colegiación será provisional, y la persona deberá comprometerse a presentar el certificado de equivalencia una vez lo haya obtenido.
(3) La documentación necesaria puede ser compulsada en el Colegio gratuitamente.
(4) Aquellas personas que se colegien a partir del 1 de julio abonaran solo el 50% de este concepto.
(5) Las personas en situación de desempleo que presenten la demanda de empleo quedarán exentas de esta cuota.
OTRAS TASAS
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