La huella del 28F en las urnas andaluzas

6 de mayo de 2026 por
La huella del 28F en las urnas andaluzas
Colegio Profesional de Politólogos y Sociólogos de la Comunidad de Madrid

El 28 de febrero de 1980, Andalucía fue la única comunidad autónoma de España en votar en referéndum su accesión a la autonomía por la vía rápida. Dicha decisión dio nombre al Día de Andalucía, configurando el actual sistema electoral andaluz como el proceso que convertirá los votos del 17 de mayo en los 109 escaños del Parlamento. Este 17 de mayo, los más de 6,8 millones de electores andaluces vuelven a las urnas, siendo el censo autonómico más voluminoso del país, que aún se hace valer del apenas modificado sistema de 1986.

Las peculiaridades del sistema merecen hacer un previo análisis de su funcionamiento. Antes de quese cuente una sola papeleta, el sistema electoral decide cuánto pesa el voto de cada andaluz, qué partidos tienen opciones reales de entrar al Parlamento y por qué algunas formaciones se coaligan y otras concurren por separado. La fórmula básica que responde a estas cuestiones se encuentra en el Estatuto y en la Ley Electoral de Andalucía de 1986, donde se indica que el Parlamento tiene 109 escaños, repartidos entre las ocho provincias. Cada provincia recibe ocho diputados garantizados, independientemente de si esta es grande o pequeña, y los 45 diputados restantes se distribuyen en proporción a la población. Los partidos compiten por esos escaños mediante la ley D'Hondt, con un umbral mínimo del 3% de los votos válidos en cada circunscripción. Aplicada esa fórmula a la población andaluza vigente, el reparto para esta convocatoria se muestra de la siguiente forma:



A través de una primera observación sobre el mapa vemos que esta distribución no es nueva. Esta repartición fue consagrada en 2008 cuando Almería ganó un asiento a costa de que Jaén lo perdiera. Desde entonces la fórmula se ha aplicado cinco veces más, incluida la presente convocatoria del 17M, y siempre ha dado el mismo reparto. Sin embargo, esto no significa que el sistema no se actualice: la fórmula es calculada en cada convocatoria con la población vigente. Lo que ocurre es que los movimientos demográficos de las dos últimas décadas, aunque visibles con un incremento en Málaga, Almería, Huelva y una disminución en Jaén, no han sido suficientes para modificar el reparto. La consecuencia de este mecanismo es que la composición territorial del Parlamento refleja una fotografía algo antigua de la distribución de la población andaluza.

La segunda consecuencia del sistema es de carácter más directo, puesto que afecta al peso del voto. Este modelo, pensado para garantizar que las ocho provincias tengan una representación parlamentaria por igual, tiene un efecto que no aparece en los manuales. Como todas las provincias arrancan con los mismos ocho asientos garantizados, aquellas que son menos pobladas reciben más representación de la que les correspondería exclusivamente por su demografía, mientras que las más pobladas reciben una representación menor. Esta aritmética genera una desigualdad sistemática antes de que abran los colegios electorales. Sevilla, que concentra casi un cuarto del electorado andaluz, recibe poco más del 16% de los escaños. Huelva, en cambio, gana un mayor peso. En la práctica, esto significa que un voto onubense tiene más capacidad — más del doble, según los datos de la última convocatoria — de convertirse en escaño que un voto sevillano. Esta desigualdad es conocida como malapportionment, y tiene un significado claro: que la importancia del voto varía dependiendo del territorio en el que se escrutine.

La tercera consecuencia del modelo afecta primordialmente a los partidos pequeños. La ley exige que un partido cuente con el 3% de los votos válidos para poder optar a un escaño en una provincia. Aunque a simple vista la cifra parece tranquilizadora e igual para todos, en la práctica, el requisito legal del 3% no es la barrera real que deben superar. El porcentaje de votos necesarios depende de cuántos escaños se reparten en la provincia y de cómo funciona la ley D'Hondt. Por ejemplo, en Sevilla o Málaga, donde se reparten muchos escaños, el listón a superar se acerca al requerido por la normativa. En cambio, en Huelva o en Jaén, donde se reparten muchos menos, la cifra real duplica la legal. Los datos verifican que el 3% se convierte, en la práctica, en una cifra que oscila entre el 4% y el 6% según de la provincia de la que se trate.

Las elecciones de 2022 dejaron dos casos que ilustran este efecto con claridad. La coalición Por Andalucía obtuvo en Huelva más del doble del 3% legal y se quedó fuera del Parlamento por dicha provincia. Jaén Merece Más obtuvo en Jaén casi el doble y también se quedó fuera. Si esos mismos porcentajes se hubieran logrado en Sevilla o en Málaga, ambas candidaturas habrían entrado sin problemas. Esto explica decisiones partidistas que, sin entender el sistema pueden parecer estratégicas, acaban siendo sobre todo defensivas. La coalición Por Andalucía, que en 2026 repite de manera ampliada respecto a 2022, agrupa a Izquierda Unida, Podemos y otras fuerzas precisamente para no dispersar el voto en provincias donde la barrera electoral las dejaría a todas fuera.

Las tres consecuencias cuentan una sola cosa: las reglas del juego del voto en Andalucía traducen una decisión política, como cualquier sistema electoral. Vienen inspiradas por el 28F y de la voluntad de garantizar peso a las ocho provincias por igual, una opción legítima en su origen y con consecuencias visibles cada vez que se cuenta una papeleta. A pesar del ello, el reparto provincial vive en 2008: el voto pesa de forma desigual entre provincias, y el 3% como umbral electoral, nunca es verdaderamente aplicado y aumenta cuanto más pequeña es la circunscripción. Las elecciones del 17 de mayo vendrán a constatar los resultados no necesariamente expresadas a través del voto, sino que de las vías por las que el voto cruza antes de convertirse en escaño. Es por ello por lo que entender estas normas es entender qué se estará jugando en estas próximas elecciones.

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